The Pura Picnic Sunset Cruise

Experiencia completa

Zarpa desde Port Adriano hacia la puesta de sol con nuestra experiencia privado al estilo mallorquín en un llaut 100% eléctrico, con un delicioso picnic a bordo en colaboración con THE PURA BOX

  • Horario:
    • 19:00 - 21:30

Capacidad: hasta 6 personas 

 

Barcos disponibles

INCLUIDO

  • Un montaje de picnic personalizado a bordo del barco
  • Mantas, cojines, cubiertos, platos, servilletas, cristalería, arreglo floral
  • Iluminación de luces de hadas
  • Pizarra de letras personalizada
  • Enfriador de vino con hielo,
  • Altavoz Bluetooth
  • Una bandeja de picnic PURA,
  • Una botella de Cava,
  • agua con gas o sin gas
  • Refrescos
  • Postre
  • Seguro pasajeros
  • Patrón profesional
  • Limpieza final
  • Equipamiento de snorquel
  • Pádel surf
  • Sea scooter
  • Agua
  • Refrescos

Extras

REQUERIMIENTOS

  • Ropa de baño
  • Toalla
  • Protección solar

PUNTO DE RECOGIDA

¿Dónde encontrarnos?

Port Adriano se encuentra en el municipio de Calvià, en el suroeste de la Bahía de Palma de Mallorca, capital de las islas Baleares, que se encuentra a tan sólo 20 km.

más información

Localización

Puerto Adriano

Condiciones generales

Condiciones generales

§1 Condición de suspensión

1) La validez del presente contrato está sujeta, como condición suspensiva, al pago por el fletador de la cantidad correspondiente a la reserva estipulada en la condición general que figura a continuación, por lo que las reservas no serán efectivas hasta que se haya efectuado dicho pago.

§2 Cuota de alquiler y depósito de garantía

1) El precio del alquiler incluye los componentes del precio que figuran en el contrato de fletamento. El pago de la reserva es un 35% del total de la tarifa de alquiler y debe ser pagado a más tardar dos semanas después de la reserva. El resto de la cantidad adeudada por el contrato de alquiler debe pagarse antes de 30 días antes del embarque.

(2) Sólo se aceptará dinero en efectivo, un cheque de caja autorizado o una transferencia bancaria para los pagos descritos en las condiciones generales y específicas de este contrato.

(3) El día del embarque el fletador pagará al arrendador la fianza indicada en las condiciones específicas, y ésta se utilizará como garantía contra cancelaciones, reparaciones, roturas, daños, robos, retrasos en la devolución del buque, diferencias en el inventario y el equipo, indemnizaciones, uso indebido, negligencia y penalizaciones de cualquier tipo acordadas en este contrato o que puedan surgir como consecuencia del cumplimiento del mismo. Todo ello sin perjuicio de las acciones legales legítimas para reclamar cantidades que puedan exceder de la fianza. 

4) Cuando el buque haya sido devuelto dentro del plazo convenido, se haya efectuado la comprobación de la aprobación y el fletador haya cumplido con los requisitos que puedan haber surgido como consecuencia del acuerdo del presente contrato, la fianza será devuelta en un plazo de quince días a contar desde la fecha de embarque. En caso de que existan discrepancias entre las partes sobre las condiciones de devolución del buque y los bienes del inventario, el depósito será devuelto al término de la controversia.

§3 Seguro

1) El buque objeto del presente contrato está cubierto por una póliza de seguro, de la que se adjunta copia, y el fletador declara conocer el contenido y el alcance de su cobertura, y se compromete a adoptar las medidas necesarias para actuar de conformidad con las obligaciones descritas en ella, y será el único responsable de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de dichas obligaciones, en su caso. 

§4 Condiciones de uso

 1) El fletador será responsable de todos los actos de las personas indicadas en la lista de pasajeros, que en ningún caso podrán exceder la capacidad máxima del buque. 

2) Queda expresamente prohibido utilizar el buque para transportar mercancías, pasajeros distintos de los indicados en el punto anterior, para el embarque de armas, animales, drogas o cualquier sustancia tóxica o peligrosa. El fletador se compromete a utilizar la embarcación exclusivamente como un flete turístico o de ocio y, por tanto, no podrá en ningún caso utilizarla para operaciones comerciales, pesca profesional, transporte, competiciones deportivas y cualquier otra actividad incompatible con el uso destinado de la embarcación.

3) El fletador, como único responsable de la embarcación durante el período de arrendamiento, la utilizará de manera responsable, respetando los reglamentos de las autoridades competentes, y será el único y exclusivo responsable de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de dichos reglamentos. El uso indebido o la negligencia en relación con la embarcación, que infrinja la legislación vigente por parte del fletador, será motivo suficiente para la cancelación instantánea del contrato. En caso de infracción de las normas aduaneras o de cualquier otra autoridad por parte del fletador, éste será responsable de todas las multas, sanciones y responsabilidades que puedan surgir, así como de sus consecuencias. El fletador se compromete a cumplir las instrucciones de uso del equipo situado a bordo. El nivel de aceite, el refrigerante y las sentinas deben ser controlados diariamente. El fletador será responsable de los daños que se deriven del incumplimiento y la inobservancia de las normas de mantenimiento y reparación.

(4) El fletador se compromete a tratar el yate alquilado como si fuera de su propiedad, de acuerdo con las normas de un buen marinero.

(5) El fletador no pasará ni alquilará el yate a ninguna tercera persona. 

(6) El fletador cumplirá con las notificaciones o registros y cancelaciones establecidos por la oficina del capitán del puerto.

(7) El arrendador ha sido avisado inmediatamente en caso de promedios, retraso previsto, pérdida, ineptitud para la maniobra, confiscación / embargo u obstaculización del yate por parte de cualquier autoridad o agentes u observadores externos. Si la incautación u obstaculización se debe a cualquier falta del fletador, éste será responsable ante el arrendador de todas las consecuencias que de ello se deriven. El contrato se considera prorrogado hasta la devolución del yate con la obligación de pago de honorarios por parte del fletador. Sin embargo, el derecho a la indemnización por daños y perjuicios no se ve afectado por ello.

Condiciones de cancelación

 Condiciones de cancelación 

Cancelaciones con más de 30 días a la fecha de salida de la embarcación: la penalización será del 25% del precio del arrendamiento.

Cancelaciones entre 30 y 7 dias a la fecha de salida de la embarcación: la penalización será del 50 % del precio del arrendamiento.

Cancelaciones 6 días antes de la fecha de salida de la embarcación: la penalización será del 100 % del precio del arrendamiento.

En caso de no poder realizar el chárter debido a malas condiciones climatológicas, la empresa de chárter deberá generar un “voucher” que le entregará al cliente, para poder disfrutar de la actividad en los próximos 365 días naturales.

 

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